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  • Foto del escritor Gabriel Espinoza Carro

Jornadas de Trabajo: Nuevo informe de la Organización Internacional del Trabajo


La Organización Internacional del Trabajo (OIT) publicó el pasado viernes 6 de enero un nuevo informe dedicado al análisis del tiempo de trabajo y su organización. Éste se denominó “El tiempo de trabajo y el equilibrio entre trabajo y vida privada en el mundo”. El informe resulta de mucho interés, en el tanto justamente en nuestro país se están proponiendo cambios de gran calado a la legislación relativa a las jornadas laborales.


A modo de recordatorio, es primero relevante precisar que los informes, criterios y otros documentos elaborados en el seno de la OIT gozan por lo general de gran legitimidad. Esto es así ya que es una organización internacional conformada por representación patronal, representación trabajadora y representación estatal (organización tripartita). Asimismo, los estudios que ahí se desarrollan son redactados por personas con el mayor nivel de experticia en materia laboral y económica.


Así las cosas, se puede esperar que las conclusiones de los documentos a los que venimos haciendo referencia tengan un nivel de equilibrio entre los intereses de las personas trabajadoras y las entidades empleadoras.

Pues bien, el informe sobre tiempo de trabajo publicado (que no es el primer documento sobre tiempo de trabajo que desarrolla la OIT) provee una gran cantidad de información que debe ser analizada. Experiencias de otros países con el manejo del tiempo de trabajo, estadísticas sobre tendencias de horas de trabajo por región geográfica, sectores económicos, ocupaciones profesionales, sexo, son solamente algunos de estos datos que debemos estudiar.


El tercer apartado del informe se refiere a los efectos del tiempo de trabajo en el equilibrio que debe existir entre la vida profesional y privada de las personas trabajadoras, con especial énfasis en distintos modelos tales como las jornadas estándar de trabajo, jornadas semanales comprimidas, contabilización de promedios de horas de trabajo, jornadas de trabajo a tiempo parcial y organización flexible del tiempo de trabajo.


Contiene también una sección que desarrolla los impactos de la pandemia en los tiempos de trabajo y explica, con base en la información disponible hasta este momento, cómo las horas de trabajo (bajo diversos esquemas) fueron utilizadas como un mecanismo de ajuste económico y de empleo de forma generalizada por los países.


Para cerrar, conviene resaltar algunas de las conclusiones del informe respecto de algunos temas que están en discusión. En primera instancia, sobre modelos flexibles de tiempo de trabajo, se indica que estos esquemas permiten que las personas trabajadoras organicen sus tiempos de trabajo con base en necesidades personales (dentro de parámetros establecidos) para balancear adecuadamente su trabajo con su vida personal. Se concluye que tiene efectos positivos en la salud mental de las personas, pero, a su vez, puede reforzar inequidades en perjuicio de las trabajadoras.


A su vez, se hace eco en el informe de anteriores estudios de la OIT, que concluyen que este tipo de esquemas flexibles implicaron un aumento en la productividad de las personas, beneficiando también entonces a las empresas.


En segunda instancia, con base en la poca información que se tuvo disponible para el informe, se indica que las jornadas de trabajo comprimidas (en el estudio las conclusiones se basan en tiempos de trabajo inferiores a la jornada ordinaria de 48 horas) permiten mejorar el balance vida privada – trabajo, y si bien las tendencias evidencian efectos positivos, resalta que todavía existen debates abiertos sobre los impactos en la salud de las personas.


Sobre este tipo de jornadas, resalta que también tienen un impacto positivo para las empresas, en el tanto disminuyen estructuras de costo en vista de que las personas trabajadoras están menos días en los centros de trabajo.


 

Si desea ponerse en contacto con nosotros puede hacerlo al correo: informacion@bufetecarro.com o al teléfono: 2290-8571.

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